13 Novembro 2018
Respuesta de la Red Jesuita con Migrantes Centroamérica & Norteamérica a la Proclamación Presidencial firmada por el Presidente Donald Trump el 9 de noviembre de 2018.
La respuesta es publicada por Conferencia de Provinciales Jesuitas en América Latina y El Caribe - CPAL, 12-11-2018.
Ante la Proclamación Presidencial que aborda la migración masiva a través de la frontera sur de los Estados Unidos publicada hoy por la Casablanca[1] y firmada por el Presidente Donald Trump, la Red Jesuita con Migrantes en Centroamérica y Norteamérica, que forma parte de la Red Jesuita con Migrantes LAC, presente en 19 países del continente, expresamos nuestra opinión sobre el contenido de la misma, al considerar que viola el derecho internacional de los derechos humanos, especialmente la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.
Pero sobre todo alertamos sobre la construcción continuada de un peligroso discurso criminalizador de las personas migrantes, ajeno a cualquier autocrítica o reflexión sobre su propio sistema de asilo, y sobre su responsabilidad al apoyar las políticas que sustentan las causas que generan la migración forzada de cientos de miles de centroamericanos cada año.
La Proclamación que Donald Trump publica el 9 de Noviembre confirma la regulación promulgada por el Fiscal General y el Secretario del Departamento de Seguridad Interior el día anterior, que niega el asilo a las personas indocumentadas que entren a la frontera Sur de Estados Unidos por lugares no oficiales, es decir, que no entren por las garitas. Esta nueva disposición de Trump, claramente dedicada al Éxodo de hondureños y hondureñas que caminan hacia Estados Unidos, es ilegal, y viola el artículo 31 de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, el cual establece que no se criminalizará la llegada sin autorización a un Estado de las personas en situación de refugio.
Según el texto de la Proclamación, la llegada amenazante de extranjeros con ninguna base para la admisión debilita la seguridad de las fronteras y supone un gasto extraordinario de recursos, por lo que justifica tomar acciones inmediatas para proteger la seguridad nacional y mantener la efectividad del sistema de asilo, en peligro por la cantidad de solicitudes recibidas.
Incluso menciona que muchos han entrado en México ilegalmente, algunos usando la violencia. Por supuesto, este enfoque deja absolutamente de lado los derechos humanos de las personas migrantes, especialmente de aquellas más vulnerables, quienes son incluidas en un lenguaje de guerra, y son vistas como “el enemigo que amenaza”. Y en concreto, viola el artículo 33 de la Convención, cuyo segundo párrafo expresamente indica que debe fundamentarse cuando una persona refugiada es considerada un peligro para la seguridad nacional, lo cual da cuenta del carácter excepcional y del tratamiento personalizado de la excepción.
La propia Declaración del Presidente reconoce que en los últimos años ha habido un aumento del porcentaje de personas que piden asilo en frontera, que efectivamente tienen un miedo fundamentado a volver a su país. Esto se corresponde con la realidad del aumento de la violencia en Centroamérica, y del número de solicitantes de asilo, no solo en Estados Unidos. Pero, según Trump, muy pocos de ellos logran obtener asilo, y es este aumento de solicitudes lo que provoca que el proceso de asilo dure años e implique mucho costo para el erario público. Es decir, culpa a los mismos solicitantes de asilo del colapso del sistema. ¿Esto no se deberá más bien a que lo que no funciona es el propio sistema de asilo en el país? Además, Trump está reconociendo que se deporta a la mayoría de las personas que tienen fundamentado el miedo a volver, lo cual, de nuevo, atenta contra el principio fundamental de no devolución, recogido en el artículo 33 de la Convención de Ginebra: ningún país puede poner a un refugiado en las fronteras del territorio donde su vida o su libertad corra peligro.
Trump reconoce también en la Declaración que las personas que comienzan los procesos de asilo porque han fundamentado miedo creíble no están en centros de detención por falta de espacio y que eso ha sido fuente de problemas, especialmente las unidades familiares. De nuevo, esta manera de proceder no es solo peligrosa en cuanto a que justifica el discurso de que es necesario más presupuesto para ampliar los centros de detención, sino que desconoce el artículo 31 de la Convención de Ginebra, que claramente establece que los Estados no aplicarán a las personas en situación de refugio restricciones a la libertad de circulación salvo que sean necesarias.
Con todos estos más que rebatibles argumentos, Donald Trump fundamenta la decisión de suspender la posibilidad de acceder a protección internacional a los extranjeros, en concreto los que llegan de México sin documentos, que entren por sitios diferentes a los de las rutas de entrada establecidos, según Trump, para la propia seguridad de las personas. Esta disposición además de ser violatoria del principio de no devolución, como se explicó arriba, no tiene en cuenta la crisis actual en la frontera, creada por las propias disposiciones y prácticas de las autoridades desde hace unos meses, por las que las entradas por los puertos habilitados están rodeadas de riesgos y condiciones de precariedad que aumentan la vulnerabilidad de las propias personas migrantes. Y aunque excluye de esta suspensión a las personas que pueden acceder a protección amparadas en la Convención contra la Tortura, y las garantías los de menores no acompañados, el blindaje de la frontera significa negar en la práctica estos derechos.
Por si no fuera lo suficientemente grave, estipula el plazo de esta suspensión en 90 días o en la fecha en que se pueda dar un acuerdo con México, para deportar a ese país, y da la potestad de ampliar el plazo “según el interés de Estados Unidos”.
También es especialmente preocupante que en varios momentos de la Declaración pone en agenda posibles negociaciones con México para detener flujos masivos de personas, para que México apruebe la deportación de personas centroamericanas, y sugiere que debería considerarse un “tercer país seguro”. Estos temas han sido de preocupación por parte de la sociedad civil mexicana. La alternativa de solicitar en México asilo o acceder a otra alternativa migratoria es una posibilidad que debe facilitar el gobierno federal mexicano, y que debe ser una opción libre e informada de la persona en situación de refugio, pero en ningún caso podemos aceptar un acuerdo interestatal que parta de la premisa de aceptar México como tercer país seguro que fuerce a las personas a solicitar asilo en México en vez de en Estados Unidos.
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Mr. Trump, usted es quien actúa ilegalmente, no la Caravana - Instituto Humanitas Unisinos - IHU